Código Civil para el Estado de Colima · Colima

Artículo 2134

TITULO SEXTO DE LA INEXISTENCIA Y DE LA NULIDAD

Artículo 2134.- Puede asumirse contractualmente la obligación de celebrar un contrato futuro.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de septiembre de 1954. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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