Código Civil para el Estado de Colima · Colima

Artículo 2845

TITULO DECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPITULO IV DE LA EXTINCIÓN DE LAS HIPOTECAS

Artículo 2845.- La transacción celebrada teniéndose en cuenta documentos, firmados en forma autógrafa o con la firma electrónica certificada, que después han resultado falsos por sentencia judicial, es nula.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de septiembre de 1954. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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