Código Civil para el Estado de Colima · Colima

Artículo 806

TITULO TERCERO DE LA POSESIÓN · CAPITULO UNICO

Artículo 806.- Es poseedor de buena fe, el que entra en la posesión, en virtud de un título suficiente para darle derecho de poseer. También es el que ignora los vicios de su título, que le impiden poseer con derecho.

Es poseedor de mala fe, el que entra a la posesión sin título alguno para poseer; lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho.

Entiéndese por título la causa generadora de la posesión.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de septiembre de 1954. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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