Código Civil del Estado de Durango · Durango

Artículo 2550 BIS

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO IV DEL CONTRATO DE HOSPEDAJE

ARTÍCULO 2550 BIS. Las asociaciones civiles que manejen recursos públicos informarán a la sociedad civil a través de esquemas de transparencia sobre el manejo de los mismos.

ADICIONADO POR DEC. 308 P.O. 36 DEL 3 DE MAYO DE 2020.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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