Artículo 4.83.- Cuando la sentencia sobre nulidad cause ejecutoria, los padres propondrán la forma y términos del cuidado y custodia de los hijos, el Juez resolverá, atendiendo siempre al interés preponderante de éstos. División de los bienes comunes Artícu lo 4.84.- Declarada la nulidad del matrimonio se procederá a la división de los bienes comunes.
Reglas sobre las donaciones antenupciales en el matrimonio nulo