Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.174

TITULO SEXTO De las Servidumbres · CAPITULO I Disposiciones Generales

Artículo 5.174.- Son aparentes las que se anuncian por obras o signos exteriores, dispuestos para su uso y aprovechamiento.

Servidumbres no aparentes

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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