Artículo 6.196.- La aceptación y la repudiación de la herencia son irrevocables.
Caso en que puede revocarse la aceptación o repudiación
TITULO QUINTO Disposiciones Comunes a las Sucesiones · CAPITULO III De la Aceptación y de la Repudiación de la Herencia
Artículo 6.196.- La aceptación y la repudiación de la herencia son irrevocables.
Caso en que puede revocarse la aceptación o repudiación
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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