Artículo 6.36 . - El que hereda en lugar del excluido, lo hará en las mismas circunstancias que éste.
La incapacidad por delito motiva pérdida de alimentos
TITULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPITULO III De la Capacidad para Heredar
Artículo 6.36 . - El que hereda en lugar del excluido, lo hará en las mismas circunstancias que éste.
La incapacidad por delito motiva pérdida de alimentos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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