Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 6.80

TITULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPITULO VII De los Legados

Artículo 6.80.- Si el legatario muere antes de aceptar un legado y deja varios herederos, puede uno de éstos aceptar y otro repudiar la parte que le corresponda en el legado.

Legados onerosos y gratuitos

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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