Artículo 7.1101.- La hipoteca se extiende, aunque no se exprese, a:
I. Las accesiones naturales del bien hipotecado;
II. Las mejoras hechas por el propietario en los bienes gravados;
III. Los nuevos edificios que el propietari o construya sobre el terreno hipotecado y a los nuevos pisos que levante sobre los edificios hipotecados.
Bienes no comprendidos en la hipoteca