Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.1155

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO IV De la Extinción de las Hipotecas

Artículo 7.1155.- El fiador sólo queda obligado por la transacción cuando consienta en ella.

Efectos de la transacción

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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