Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.1167

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO IV De la Extinción de las Hipotecas

Artículo 7.1167.- El árbitro es el profesional del derecho, que sin ser autoridad jurisdiccional es nombrado por las partes para la resolución de una controversia, conforme a las d isposiciones del presente Código, y en la forma que prevé el Código de Procedimientos Civiles de la Entidad.

Formalidades del contrato de arbitraje

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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