Artículo 7.1173.- La nulidad de un contrato no llevará consigo de modo necesario, la del convenio arbitral accesorio.
Obligatoriedad del laudo
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO IV De la Extinción de las Hipotecas
Artículo 7.1173.- La nulidad de un contrato no llevará consigo de modo necesario, la del convenio arbitral accesorio.
Obligatoriedad del laudo
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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