Código Civil del Estado de México · Estado de México
Artículo 7.121
TITULO CUARTO Del Enriquecimiento Ilegítimo o sin Causa
Artículo 7.121.- Si el que recibió el bien con mala fe, lo hubiere enajenado a un tercero que también actuare con mala fe, podrá el dueño reivindicarlo y cobrar de uno y otro , los daños y perjuicios.
Enajenación gratuita del bien pagado indebidamente
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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