Artículo 7.124.- Si el que recibió de buena fe un bien dado en pago indebido lo hubiere donado, no subsistirá la donación y se aplicará al donatario lo dispuesto en el artículo anterior. Derecho del que de buena fe recibe pago indebido
Artículo 7.124
TITULO CUARTO Del Enriquecimiento Ilegítimo o sin Causa
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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