Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.180

TITULO SEXTO De la Responsabilidad Subjetiva y Objetiva · CAPITULO III De las Personas Obligadas a la Reparación

Artículo 7.180.- La condición es suspensiva cuando de su cumplimiento depende la exigibilidad de la obl igación.

Condición resolutoria

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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