Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.367

TITULO DECIMO Del Incumplimiento de las Obligaciones · CAPITULO II Del Saneamiento por Evicción

Artículo 7.367.- Todo el que enajena está obligado a responder de la evicción, aunque no se haya convenido.

Convenio sobre la evicción

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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