Artículo 7.367.- Todo el que enajena está obligado a responder de la evicción, aunque no se haya convenido.
Convenio sobre la evicción
TITULO DECIMO Del Incumplimiento de las Obligaciones · CAPITULO II Del Saneamiento por Evicción
Artículo 7.367.- Todo el que enajena está obligado a responder de la evicción, aunque no se haya convenido.
Convenio sobre la evicción
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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