Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.383

TITULO DECIMO Del Incumplimiento de las Obligaciones · CAPITULO II Del Saneamiento por Evicción

Artículo 7.383.- En el caso de los dos artículos anteriores, si el que adquiere elige la rescisión, está obligado a devolver el bien tal como lo recibió.

Enajenación de bien con gravámenes no declarados

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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