Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.588

TITULO SEGUNDO De la Compraventa · CAPITULO VII De algunas Modalidades del

Artículo 7.588.- Cuando el bien sobre el que se tiene derecho de preferencia se venda en subasta pública debe hacerse saber al que goza de ese derecho, el día, hora y el lugar en que se verificará el remate.

Transmisión del derecho de preferencia

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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