Artículo 7.860.- Si muere el dueño d e la obra, no se terminará el contrato, y sus herederos serán responsables del cumplimiento para con el empresario.
Acción de terceros contra el dueño
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO II Del Contrato de Obra a Precio Alzado
Artículo 7.860.- Si muere el dueño d e la obra, no se terminará el contrato, y sus herederos serán responsables del cumplimiento para con el empresario.
Acción de terceros contra el dueño
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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