Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.908

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO I De las Asociaciones

Artículo 7.908.- Las instituciones de asistencia privada se regirán por las leyes especiales correspondientes.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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