Artículo 8.14.- La inscripción no convalida los actos o contratos que sean nulos con arreglo a las leyes.
Legitimación de las personas con derechos inscritos
TITULO SEGUNDO DISPOSICIONES COMUNES · CAPITULO I DE LOS DOCUMENTOS REGISTRABLES
Artículo 8.14.- La inscripción no convalida los actos o contratos que sean nulos con arreglo a las leyes.
Legitimación de las personas con derechos inscritos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.