Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 358) · Guerrero

Artículo 1684

TITULO PRIMERO De las fuentes de las obligaciones

Artículo 1684.- En los concursos en que haya promesa de recompensa para quienes llenaren ciertas condiciones, será requisito esencial que se fije un plazo.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.