Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 358) · Guerrero

Artículo 2606

TITULO DECIMO

Artículo 2606.- En el juego, el resultado final podrá depender de la habilidad o destreza de los contratantes o del azar, o de la concurrencia conjunta de uno y otro factores; y en la apuesta el acontecimiento incierto del que dependerá el resultado final, será completamente ajeno a la actividad de las partes contratantes.

El juego tendrá que ser con apuesta para caer dentro de las prescripciones de este Título.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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