Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 1190

TÍTULO SÉPTIMO DE LAS SERVIDUMBRES

Artículo 1190. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores comprende la limpia, construcción y reparación para que el curso del agua no se interrumpa.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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