Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 1329

TÍTULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

Artículo 1329. La nulidad del contrato importa la de la cláusula penal, pero la nulidad de ésta no acarrea la de aquél.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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