Artículo 1338. Tratándose de obligaciones indivisibles cada heredero estará obligado por la totalidad de la pena.
Interpretación
TÍTULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Artículo 1338. Tratándose de obligaciones indivisibles cada heredero estará obligado por la totalidad de la pena.
Interpretación
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.
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