Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 1701

TÍTULO QUINTO EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES

Artículo 1701. La condonación de la deuda principal extinguirá las obligaciones accesorias, pero la de éstas deja subsistente la primera.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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