Artículo 1981. Lo dispuesto en los artículos 1967 y 1968 es aplicable a los aperos de la finca arrendada.
Artículo 1981
TÍTULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.
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