Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 2004

TÍTULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO

Artículo 2004. En el caso del artículo anterior se observará lo que dispone el artículo 1995 si el predio fuere rústico, y si fuere urbano, lo que previene el artículo 1996.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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