Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 2428

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Artículo 2428. La hipoteca necesaria durará el mismo tiempo que la obligación que con ella se garantiza.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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