Artículo 2939. El albacea general está obligado a entregar al ejecutor especial, las cantidades o cosas necesarias para que cumpla la parte del testamento que estuviere a su cargo.
Artículo 2939
TÍTULO QUINTO DISPOSICIONES COMUNES A LAS SUCESIONES
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.
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