Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 1051

TITULO CUARTO DE LA PROPIEDAD · CAPITULO VI De la Copropiedad

Artículo 1051.- Son aplicables a la división entre participes las reglas concernientes a la división de herencias.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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