Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 1393

TITULO SEGUNDO DE LA SUCESION POR TESTAMENTO · CAPITULO VII De los legados

Artículo 1393.- El legado queda sin efecto si la cosa legada perece viviendo el testador; y se entenderá perdida la cosa por el legatario en caso de evicción, que no sea el previsto por el artículo 1440 o si perece después de muerto el testador, sin culpa del heredero.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.