Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 1504

TITULO TERCERO DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS · CAPITULO II Del testamento público abierto

Artículo 1504.- En el caso del artículo que precede, la persona que haya rubricado y firmado por el testador, concurrirá con él a la presentación del pliego cerrado; en este acto, el testador declarará que aquella persona rubricó y firmó en su nombre y ésta firmará en la cubierta con los testigos y el Notario.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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