Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 17

Artículo 17.- Cuando alguno explotando la ignorancia, inexperiencia o necesidad apremiante de otro, obtiene un lucro excesivo que sea evidentemente desproporcionado a lo que él por su parte se obliga, el perjudicado tiene derecho de pedir la nulidad del contrato.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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