Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 1919

TITULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO VI Del riesgo profesional

Artículo 1919.- Los patrones son responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores sufridas con motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten, en los términos de la Ley Federal del Trabajo.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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