Artículo 2102.- Todo el que enajena está obligado a responder de la evicción, aunque nada se haya expresado en el contrato.
Artículo 2102
TITULO CUARTO EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO II De la evicción y saneamiento
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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