Artículo 2118.- En el caso de los dos artículos anteriores, si el que adquiere elije la rescisión del contrato, está obligado a devolver la cosa libre de los gravámenes que le haya impuesto.
Artículo 2118
TITULO CUARTO EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO II De la evicción y saneamiento
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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