Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 941

TITULO CUARTO DE LA PROPIEDAD · CAPITULO II De la apropiación de los animales

Artículo 941.- El derecho de pesca en aguas particulares, pertenece a los dueños de los predios en que aquellas se encuentren, con sujeción a las leyes y reglamentos de la materia.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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