Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 1837

TÍTULO PRIMERO De la concurrencia y graduación de créditos · CAPÍTULO VII Acreedores de cuarta clase

Artículo 1837 .- Para que la promesa de contratar sea válida debe constar por escrito, contener los elementos característicos del contrato definitivo y limitarse a cierto tiempo.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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