Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 2033

TÍTULO SEXTO Del arrendamiento · CAPÍTULO IV Del arrendamiento de bienes inmuebles

Artículo 2033.- La responsabilidad que resulte de un incendio comprende:

I. El pago de los daños y perjuicios sufridos por el arrendador; y

II. El pago de los daños y perjuicios que se hayan causado a otras personas, siempre que provengan directamente del incendio.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.