Artículo 2520.- Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior, la hipoteca constituida en favor de organismos públicos destinados a la promoción de vivienda popular, y así se prevea en las leyes orgánicas de los mismos.
Artículo 2520
TÍTULO DECIMO De los contratos de prestación de servicios · CAPÍTULO I De la hipoteca en general
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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