Artículo 377 .- Los cónyuges no pueden celebrar transacción ni compromiso en árbitros, acerca de la ilegitimidad del matrimonio.
Sección Segunda
De la Ilegitimidad por Ineficacia del Matrimonio
TÍTULO CUARTO Del Matrimonio · CAPÍTULO XI De la Legitimidad Matrimonial
Artículo 377 .- Los cónyuges no pueden celebrar transacción ni compromiso en árbitros, acerca de la ilegitimidad del matrimonio.
Sección Segunda
De la Ilegitimidad por Ineficacia del Matrimonio
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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