Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 1724

TITULO PRIMERO Fuentes de las obligaciones · CAPITULO II De la declaración unilateral de la voluntad

Artículo 1724. En los concursos en que haya promesa de recompensa para los que llenaren ciertas condiciones, es requisito esencial que se fije un plazo.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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