Artículo 1746. Si el que recibió de buena fe una cosa dada en pago indebido, la hubiera donado, no subsistirá la donación y se aplicará al donatario lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 1746
TITULO PRIMERO Fuentes de las obligaciones · CAPITULO III Del enriquecimiento ilegítimo
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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