Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2005

TITULO CUARTO Efectos de las obligaciones · CAPITULO II De la evicción y saneamiento

Artículo 2005. Las acciones que nacen de lo dispuesto en los artículos del 1998 al 2004, se extinguen a los seis meses, contados desde la entrega de la cosa enajenada, sin perjuicio de lo dispuesto en el caso especial a que se refieren los artículos 1994 y 1995.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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