Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2270

TITULO SEXTO Del arrendamiento · CAPITULO II De los derechos y obligaciones del arrendador

Artículo 2270. Lo dispuesto en la fracción IV del artículo 2264 no comprende las vías de hecho de terceros que no aleguen derechos sobre la cosa arrendada que impidan su uso o goce. El arrendatario, en esos casos, sólo tiene acción contra los autores de los hechos, y aunque fueren insolventes no tendrá acción contra el arrendador. Tampoco comprende los abusos de fuerza.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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