Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2312

TITULO SEXTO Del arrendamiento · CAPITULO V Del arrendamiento de fincas rústicas

Artículo 2312. Son aplicables al arrendamiento de bienes muebles las disposiciones de este Título, que sean compatibles con la naturaleza de esos bienes.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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