Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2401

TITULO NOVENO Del mandato · CAPITULO I Disposiciones generales

Artículo 2401. Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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